El modelo 790 es el formulario oficial que utilizas para pagar la tasa de derechos de examen cuando te inscribes a un proceso selectivo público. Dicho de otra forma: es el recibo que acredita que has pagado tu derecho a presentarte a la oposición. Sin este pago, salvo que tengas derecho a una exención, tu solicitud de participación no tiene ningún efecto. La Administración simplemente no te admite. Por eso es tan importante hacerlo bien y a tiempo.
El modelo 790 es uno de los documentos clave para formalizar la inscripción en muchos procesos selectivos de la administración pública en España a nivel de Estado. Si la oposición es autonómica, se aplicará el modelo correspondiente de la Comunidad Autónoma. Es un formulario administrativo utilizado para solicitar la admisión a pruebas selectivas y liquidar las tasas de examen correspondientes.
El pasado lunes 17 de junio, se abrió la convocatoria para el proceso selectivo de Auxiliar Administrativo y Administrativo del Estado para el cual, los aspirantes que deseen presentarse deberán rellenar, exclusivamente, el modelo 790 oposiciones que aparece en la web de la Administración General del Estado (AGE).

¿Qué es y para qué sirve el Modelo 790 en oposiciones?
El modelo 790 es el formulario oficial para el pago de la tasa de derechos de examen en las oposiciones. Este documento es el recibo que acredita que has abonado la cantidad necesaria para tener derecho a presentarte a las pruebas. La tasa es un tipo de impuesto que se paga en algunas situaciones.
Lo que muchos opositores no saben es que el modelo 790 no es un formulario único e invariable. Cada administración convocante puede tener su propio código de tasa, que es un número de tres cifras que identifica el tipo de trámite y el organismo que lo gestiona. Tu convocatoria -publicada en el BOE o en el boletín oficial de tu comunidad- siempre te indicará qué código debes usar.
Diferencia entre el modelo 790 y otros modelos de pago
Cuando empiezas a investigar, puede que te topes con otros modelos como el 790, el 046 o el 730. Si tu oposición es de una comunidad autónoma, es probable que debas rellenar el modelo 046 en lugar del 790. Comprueba siempre las bases de la convocatoria antes de hacer nada.
¿Es lo mismo que la tasa de derechos de examen? Sí, exactamente. La tasa de derechos de examen es el concepto; el modelo 790 es el formulario con el que la pagas. Son dos formas de referirse al mismo trámite. Cuando en las bases de la convocatoria leas "abonar la tasa de derechos de examen mediante el modelo 790", ya sabes de qué va.
¿Cuándo y cuánto cuesta pagar el Modelo 790?
Plazo de pago
Este punto es crítico. El pago del modelo 790 no es algo que puedas hacer en cualquier momento. Hay unas fechas muy concretas y saltártelas puede suponer tu exclusión del proceso.
En la gran mayoría de convocatorias, el pago de la tasa va ligado al plazo de presentación de solicitudes. Habitualmente tienes 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el boletín oficial para inscribirte y pagar. Algunos organismos exigen que el pago se haga antes de firmar electrónicamente la solicitud, ya que el número de referencia del pago (el NRC) se incluye como parte del propio formulario de inscripción. Para la convocatoria actual de Auxiliar Administrativo y Administrativo del Estado, tienes hasta el 15 de julio para enviar la solicitud.
En muchas plataformas modernas el proceso está totalmente integrado: rellenas la solicitud, pagas la tasa en el mismo flujo y firmas electrónicamente, todo en un solo paso. En otros casos, primero generas y pagas el modelo 790 y luego lo adjuntas al presentar la solicitud.
Lee las bases de la convocatoria con atención. Ahí estará explicado exactamente cómo funciona el proceso en tu caso concreto.
¿Qué pasa si pagas fuera de plazo?
La respuesta es dura pero clara: no sirve de nada. Un pago realizado después del cierre del plazo no subsana la falta de solicitud. La Administración no acepta pagos extemporáneos como válidos para participar en el proceso. Así que si te has despistado con las fechas, lo sentimos, pero tendrás que esperar a la siguiente convocatoria.
Importe de la tasa
El importe de la tasa de derechos de examen varía bastante dependiendo del organismo, del cuerpo al que optes y del año de la convocatoria. Las tasas se actualizan periódicamente, habitualmente al inicio de cada ejercicio presupuestario. Por eso es importante que no te fíes de un post antiguo o de lo que te diga un compañero que se presentó hace dos años. Siempre consulta la convocatoria del año en curso para saber el importe exacto que debes pagar.
Para la convocatoria de Auxiliar Administrativo y Administrativo del Estado, es importante consultar la convocatoria oficial para conocer la cifra exacta actualizada.
Exenciones y reducciones en el pago del Modelo 790
La ley prevé varias situaciones en las que tienes derecho a una reducción del 50% o incluso a una exención total.
- Desempleo: Si en el momento de presentar la solicitud estás en situación de desempleo y eres demandante de empleo activo, puedes solicitar la exención total del pago en la mayoría de convocatorias estatales. Debes acreditarlo correctamente adjuntando el certificado de demandante de empleo expedido por el SEPE o el servicio autonómico de empleo correspondiente. Es crucial figurar como demandante de empleo activo en la fecha de presentación de la solicitud.
- Familia numerosa: Los miembros de familias numerosas de categoría general tienen derecho a una reducción del 50% sobre la tasa. Los de categoría especial (5 o más hijos) están exentos de pago. Para acreditarlo, debes adjuntar el título oficial de familia numerosa vigente en el momento de la solicitud.
- Discapacidad igual o superior al 33%: Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% tienen derecho a la exención total del pago. Deberás adjuntar el certificado oficial de discapacidad expedido por el organismo competente de tu comunidad autónoma.
En las convocatorias que integran el proceso de inscripción y pago en una plataforma digital, el propio sistema te pedirá que marques la exención aplicable y que adjuntes el documento acreditativo en formato PDF. Si el proceso es presencial o semipresencial, deberás entregar la documentación junto con el resto de tu solicitud.
Consejo importante: Si tienes derecho a una exención, no olvides marcarla en el formulario. Si pagas la tasa sin solicitarla, en la mayoría de casos no te la devuelven automáticamente.
Cómo rellenar el Modelo 790 paso a paso
En todos los casos, el formulario se rellena de forma telemática en la web oficial y se genera un PDF que puedes descargar. No intentes rellenarlo a mano sobre un papel en blanco: el sistema genera un código de barras y un número identificador únicos que son imprescindibles para el pago.

1. Identificación
La primera parte del formulario es la más sencilla. Aquí deberás introducir tus datos personales:
- NIF/NIE: Tu número del DNI con la letra incluida o el Número de Identidad de Extranjero si no eres ciudadano español.
- Apellidos y nombre: Tal y como figuran en tu DNI o NIE. Cualquier discrepancia puede generar problemas.
- Domicilio: Tipo de vía, nombre de la vía pública, número, escalera, piso, puerta, teléfono, municipio, provincia y código postal.
2. Autoliquidación
Esta es, quizás, la parte más compleja del formulario y donde mucha gente se pierde.
Principal o complementaria
En primer lugar, te encontrarás con una sección similar a esta:
- Principal: La marcarás si es la primera vez que presentas la autoliquidación para un trámite específico, como puede ser el acceso a una escala de la Policía Nacional o un cuerpo administrativo.
- Complementaria: La seleccionarás si ya has realizado una autoliquidación previa para el mismo trámite y necesitas hacer una corrección o añadir un pago adicional. Esto puede ocurrir si, por ejemplo, te diste cuenta de que cometiste un error en el cálculo inicial o si las tasas han cambiado.
- Num. Justificante: Si estás haciendo una autoliquidación complementaria, debes indicar aquí el número de justificante de la autoliquidación principal previa.
- Importe: Aquí debes indicar la cantidad exacta que estás pagando con la autoliquidación complementaria. El campo del importe normalmente tiene dos partes: la parte entera y la decimal, separadas por una coma.
Elegir el tipo de tramitación
Aunque verás muchos recuadros, solo podrás escoger una. Tu única tarea es marcar la casilla que se corresponde con la oposición a la que te presentas. Para saber cuál es, busca en las bases de la convocatoria el epígrafe dedicado a tasas o derechos de examen. Ahí se indicará el concepto exacto que debes seleccionar. Si el formulario está integrado en la plataforma de inscripción, es posible que el sistema lo marque automáticamente por ti.
Código de tasa
El código de tasa es el número de tres dígitos que identifica el tipo de trámite dentro del modelo 790. Las convocatorias publicadas en el BOE siempre incluyen este código. Si en tu convocatoria aparece un código diferente, no te preocupes: simplemente utiliza el que indique el BOE. No existe un único código válido para todas las oposiciones.
Importe
El campo del importe tiene dos casillas separadas: una para la parte entera y otra para los céntimos. Por ejemplo, si la tasa es de 15,57 euros, deberás escribir "15" en la primera casilla y "57" en la segunda. No pongas el importe total en una sola casilla o el sistema no lo procesará correctamente. En los formularios digitales integrados, este importe suele calcularse automáticamente al seleccionar el tipo de trámite. Pero si tienes que introducirlo manualmente, asegúrate de que coincide exactamente con lo que indica la convocatoria.
Casilla de especialidades
Esta casilla solo estará disponible para completarla en los procesos selectivos en los que pueda elegirse entre varias especialidades. Debéis seleccionar, de entre las disponibles en el menú desplegable, la provincia en la que deseáis examinaros.
En el campo 26 debéis marcar que contáis con la titulación mínima requerida en la convocatoria. Es decir, por norma general, en el desplegable solo aparecerán una o varias titulaciones, las exigidas para poder presentaros al proceso selectivo.
3. Declarante
- Localidad: Introduce la ciudad o pueblo de residencia actual.
- Fecha: El día actual en el que rellenas el formulario, normalmente ya predefinido.
4. Ingreso
Aquí es donde aparecerá el importe que tendrás que pagar para hacer el trámite. Este importe se decide automáticamente en función de la opción de tramitación que has elegido más arriba. Luego, hay dos datos más a tener en cuenta:
- Forma de pago: Debes seleccionar cómo vas a efectuar el pago. Las opciones son:
- En efectivo: Si vas a pagar el importe en metálico, en el banco.
- E.C. Adeudo en cuenta: Significa "Esto Conlleva Adeudo en cuenta", es decir, que autorizas un cargo directo a tu cuenta bancaria para efectuar el pago.
- Código IBAN de la cuenta: Si has seleccionado el adeudo en cuenta como forma de pago, debes proporcionar el código IBAN de la cuenta bancaria desde la cual se realizará el cargo.
Después de rellenar todo, solo tendrás que resolver un captcha y clicar en "Descargar impreso rellenado".

Cómo pagar el Modelo 790
Una vez rellenado el formulario, toca pagar. Para usar el pago telemático necesitas tener activo uno de estos sistemas de identificación digital (Certificado Digital, obligatorio para la inscripción). Si quieres saber cómo obtenerlo, tienes todo en este enlace. Después, sólo tendrás que seguir los pasos que indica la pantalla de inscripción.
Otro problema muy común es el pago telemático. Algunas de las entidades financieras no aceptan el pago las 24h del día, por lo que los interesados deberán consultar el horario tanto de los pagos por cuenta bancaria como por tarjeta. Es muy importante revisar si nuestro banco es una de las entidades financieras con las que se puede realizar dicho pago. En caso de que no lo sea, otra persona que tenga una cuenta en dicha entidad podrá hacerlo por nosotros, ya que sólo se puede hacer de esta manera.
¿Se puede pagar con tarjeta? ¿Y con Bizum?
Con tarjeta de crédito o débito, sí, siempre que lo permita la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria y la convocatoria específica no lo restrinja. Con Bizum, actualmente no está habilitado como método de pago para tasas administrativas. Y en cuanto al pago en efectivo en banco, está disponible en la mayoría de entidades, aunque cada vez más convocatorias están eliminando esta opción en favor del pago 100% telemático.
Qué hacer después de pagar
Pagar es solo el penúltimo paso. Después viene lo más importante: asegurarte de que ese pago queda correctamente vinculado a tu solicitud.
Cómo descargar y guardar el justificante (NRC)
Una vez completado el pago telemático, el sistema genera un justificante en PDF con el Número de Referencia Completo (NRC). Descárgalo inmediatamente y guárdalo en un lugar seguro, a ser posible en la nube y también en local. Es el documento que demuestra que has pagado. Si lo pierdes antes de que quede registrado en el sistema, puede ser muy complicado recuperarlo.
Si has pagado en banco, conserva el resguardo físico sellado por la entidad bancaria. Es tu única prueba de pago.
Dónde y cómo presentar la solicitud junto al Modelo 790
En los procesos integrados digitalmente, la propia plataforma vincula el pago a tu solicitud de forma automática al firmar electrónicamente. No tienes que hacer nada más.
En los procesos presenciales o semipresenciales, deberás presentar el modelo 790 sellado por el banco junto con el resto de documentación en cualquier oficina de registro habilitada o a través del registro electrónico de la administración convocante. Tendrás que hacerlo en cualquier Oficina de Registro de las indicadas en la convocatoria. Recordad que cada modelo 790 que generéis va identificado con un código único.
Aunque la presentación electrónica del modelo 790 de oposiciones del Estado sea la opción más cómoda, las bases de la convocatoria pueden también autorizar la inscripción presencial. No obstante, esta opción suele estar reservada a situaciones técnicas que imposibiliten la inscripción telemática.
¿Caduca el justificante de pago?
Sí. Aunque no hay una norma única para todas las convocatorias, como regla general el pago de la tasa caduca a los tres meses si no llega a vincularse a una solicitud presentada dentro del plazo. Si has pagado dentro del período de inscripción y presentas tu solicitud a tiempo, no tienes de qué preocuparte. Pero si pagas y luego decides no presentarte o te pasas del plazo de solicitud, ese pago puede quedar inutilizado.
Errores más comunes al rellenar el Modelo 790 (y cómo evitarlos)
Esta sección puede ahorrarte un disgusto enorme. Aquí se recopilan los errores que más frecuentemente cometen los opositores, especialmente los que se enfrentan por primera vez al proceso.
- Marcar la casilla equivocada: Si marcas un concepto erróneo en el apartado de autoliquidación, el pago no será válido para tu convocatoria. Lee dos veces la convocatoria antes de seleccionar el concepto. En caso de duda, consulta directamente con la unidad gestora indicada en las bases.
- Error en los datos personales: Un NIF mal escrito, un nombre con tilde donde no la hay o una dirección equivocada pueden crear problemas. Si el formulario es online e integrado, es más difícil que esto ocurra. Si es manual, revísalo con calma antes de enviarlo.
- Pagar con un modelo antiguo o caducado: Si guardaste un formulario en PDF de una convocatoria anterior y lo intentas usar para la actual, no será válido. Cada modelo 790 generado lleva un identificador único vinculado al momento en que se generó y a la convocatoria específica. Nunca reutilices formularios antiguos.
- No guardar el justificante antes de cerrar el navegador: Completas el pago, aparece el justificante en pantalla y cierras la ventana pensando que ya lo tienes. Luego intentas recuperarlo y no sabes cómo. Lo primero que debes hacer al ver el justificante es descargarlo y guardarlo. No des ningún otro paso hasta haberlo hecho.
- No solicitar la exención teniendo derecho a ella: Muchos opositores pagan la tasa completa porque no saben que tienen derecho a una reducción o exención. Revisa siempre el apartado de exenciones de la convocatoria antes de pagar.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 790 en oposiciones
- ¿Puedo usar el mismo modelo 790 para varias oposiciones? No. Cada proceso selectivo requiere su propio formulario y su propio pago. Si te presentas a dos oposiciones distintas al mismo tiempo, deberás generar y pagar dos modelos 790 independientes.
- ¿Qué hago si me he equivocado y ya he pagado? Si el error es en los datos personales (nombre, NIF), en la mayoría de casos tendrás que generar un nuevo formulario y volver a pagar. El pago incorrecto no siempre es recuperable automáticamente, aunque puedes intentar solicitar la devolución de la tasa indebidamente ingresada ante la Agencia Tributaria. Si el error es en el concepto (has marcado la casilla equivocada), también deberás generar un nuevo pago correcto. Por eso es tan importante revisar bien antes de pagar.
- ¿Me devuelven la tasa si me excluyen del proceso? Depende del motivo de la exclusión. La normativa general establece que solo se devuelve la tasa cuando la exclusión se debe a causas imputables a la Administración (por ejemplo, un error en la convocatoria).